sábado 23 de julio de 2011

Claves de las escuchas telefónicas

CASO SITEL


El sistema de interceptación de las llamadas telefónicas y comunicaciones electrónicas utilizado por el Gobierno está puesto en entredicho, además el secreto que envuelve la utilización de este sistema está generando cierta alarma social. A continuación publicamos las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre Sitel.



30-10-2009 - ¿Qué es Sitel?

El Sistema Integral de Interceptación e comunicaciones Electrónicas (Sitel) es el software utilizado por el Ministerio del Interior para pinchar llamadas a sospechosos y acceder a datos personales asociados a los terminales.

¿Quién lo utiliza?

Agentes facultados de Policía Nacional, Guardia Civil y Centro Nacional de Inteligencia.

¿Se ‘pinchan ’ llamadas sin autorización judicial?

No. todas las interceptaciones se realizan con orden del juez. Lo que ocurre es que la ley permite acceder a determinados datos sin permiso judicial. El reformado artículo 33 de la Ley General de Telecomunicaciones obliga a las operadoras de Telefonía a proporcionar a los agentes que lo soliciten, sin necesidad de autorización previa del juez, datos personales como el DNI, el pasaporte, el tipo de contrato o la posición geográfica en la que se encuentra el dueño del terminal.

¿Cómo se intercepta la comunicación?

Una vez obtenido el permiso judicial, los agentes facultados acceden al software introduciendo unas claves secretas. Las aplicaciones están situadas en ordenadores destinados a tal uso localizados en una serie de dependencias policiales preparadas para ello. La información conversación y datos asociados) conseguida por los agentes se guarda en un CD y en un servidor central, que no está en el mismo lugar que donde se hace la interceptación. El CD se entrega al juez.

¿Qué problemas legales tiene?

1) Los servidores centrales almacenan los datos sine die .

2) Aunque el juez ordene destruir parte de la información por no incluirla en el sumario, esta permanece en los servidores centrales. o cual contra- dice el artículo 35b de la Ley 32/2003 (luego 25/2007)General de telecomunicaciones: “Cuando, como consecuencia de las interceptaciones efectuadas, quede constancia de los contenidos, los soportes en los que éstos aparezcan no podrán ser ni almacenados ni tampoco divulgados y serán inmediatamente destruidos ”.

3) El CD se entrega al juez sin encriptar y sin firma digital, con lo cual no está garantizada ni la autenticidad del documento (podría estar manipulado) ni l a segur ida d (podría filtrarse a terceras personas).

4) Los jueces no han sido informados ni formados sobre el funcionamiento de Sitel. es imposible que el magistrado controle un proceso cuyo funcionamiento desconoce.

¿Con qué cobertura legal cuenta?

El software está regulado por una Ley ordinaria Ley 25/2007 General de Telecomunicaciones). Un paraguas legal cuanto menos dudoso. Los expertos consultados y la Constitución recuerdan que todo aquel lo que afecte a derechos fundamentales como en este caso el derecho a la intimidad al secreto de las comunicaciones —deben estar regulados por una ley orgánica, que requiere una mayoría de tres quintos en el Congreso-. El Gobierno no quiso pasar por este trámite —quizás por el componente publicitario que conllevaba — e hizo una primera regulación por decreto (RD 424/2005), sin pasar por el trámite .El programa comenzó a ser utilizado en 2004, con lo que estuvo un año —hasta el citado RD — sin cobertura legal alguna. Entre 2005 y 2007 año en que se reformó la Ley General de Telecmunicaciones), la cobertura legal es considerada insuficiente por el Supremo.

¿Quiénes son los responsables?

No se conoce responsable alguno de los centros de interceptación. No figuran en ningún organigrama. En los informes policiales nunca se hace mención a Sitel

¿Quién puso en marcha el sistema?

El Ministerio del Interior, durante la última etapa de José María Aznar, encargó el ‘software’ mediante un concurso público secreto. Sin embargo, los informes emitidos por el Consejo General del Poder Judicial y por el Ministerio de Justicia ponían demasiadas pegas legales y el Ejecutivo paralizó el proyecto.

Tan sólo lo utilizó en pruebas a comienzos de 2004.Pero sólo en pruebas. La utilización indiscriminada la realizó el Ministerio del Interior socialista cuando Zapatero llegó al poder. En concreto el entonces ministro del Interior, José Antonio Alonso

Las claves del escándalo de las escuchas telefónicas

Pese a que el escándalo de las escuchas ilegales del periódico dominical News of the World (NoW) que conmociona a Reino Unido saltó a la luz pública a finales de 2005 con una información sobre el príncipe Guillermo, fue a principios de este mes de julio y con una cara menos conocida cuando la madeja empezó a liarse a más velocidad. El diario The Guardian informó sobre el pinchazo al buzón telefónico de Milly Dowler, una niña de 13 años secuestrada y asesinada en 2002. La condena de la clase política y la presión de la calle han llevado a Rupert Murdoch, dueño del imperio mediático del que colgaba News of the World, a firmar su cierre -salió por última vez el pasado 10 de julio- y aceptar el requirimiento de la Cámara de los Comunes para ser interrogado.

Seis años antes, una información sobre una lesión de rodilla del príncipe Guillermo dio la primera indicación de que el NoW realizaba prácticas dudosas. Se temía que los buzones de voz de personas cercanas al Príncipe estuvieran siendo interceptados. La investigación concluyó en 2007 con Clive Goodman, entonces redactor del NoW encargado de la familia real, y el investigador privado Glenn Mulcaire condenados a prisión por pinchar teléfonos ilegalmente. El entonces director del periódico sensacionalista, Andy Coulson, dimitió pese a defender que no sabía nada sobre estas prácticas. Coulson fue más tarde contratado como jefe de prensa por el líder tory, David Cameron. Nuevas revelaciones sobre la trama llevaron a Coulson a renunciar a su cargo en enero de este año y con Cameron ya al frente del Gobierno británico.

Desde entonces, varias investigaciones policiales que han desatado casos judiciales han puesto de manifiesto que el pinchazo telefónico era una práctica habitual en el tabloide británico. Varios periodistas del diario han sido arrestados e interrogados, entre ellos, el propio Coulson y el exeditor del rotativo Neil Wallis. Hasta 4.000 personas, entre políticos, miembros de la familia real, famosos y familiares o víctimas de crímenes, fueron espiados por el diario, según reveló en julio de 2009 el diario The Guardian.

Uno de los personajes espiados fue el actor Hugh Grant, que se vengó del redactor del NoW que le espió publicando una conversación con el periodista que él mismo grabó en secreto. También la actriz Sienna Miller fue espiada, por lo que el diario fue condenado hace unas semanas a indemnizarla con 100.000 libras. Entre la lista de espiados revelada por The Guardian se encuentran también la actriz Gwyneth Paltrow, el ex futbolista Paul Gascoigne, Boris Johnson, alcalde de Londres, el cantante George Michael, o la ex esposa de Paul McCartney, Heather Mills.

También se ha conocido que agentes de policía recibieron dinero del periódico a cambio de informaciones. El jefe de Scotland Yard, sir Paul Stephenson, presentó su dimisión después de las revelaciones de la prensa dominical que le relacionaban a él y a la Policía Metropolitana con un experiodista del News of the World, Neil Wallis, antiguo subdirector de la cabecera, detenido el pasado viernes.

Una niña desaparecida como detonante

Aunque colea desde hace tiempo, el caso ha estallado en los últimos días al conocerse un macabro detalle: las escuchas del NoW incluyeron el móvil de Milly Dowler, una niña de 13 años que desapareció en marzo de 2002 y fue hallada muerta seis meses después. Durante ese intervalo, el investigador accedió al buzón de voz de la niña e incluso borró mensajes antiguos para que entraran nuevos, con lo que no solo destruyó pruebas para la investigación, sino que dio falsas esperanzas a la familia, que creyó que era ella quien lo hacía y, por tanto, que estaba viva. También fueron interceptados los teléfonos de los padres de Holly Wells y Jessica Chapman, dos menores asesinadas en un caso que conmocionó al país, y los de familiares de víctimas del atentado terrorista del 7-J o parientes de militares.

Las escuchas han provocado decenas de denuncias contra el diario y contra la policía, por no investigar suficientemente el asunto. El primer ministro británico, David Cameron, se ha visto obligado a tomar cartas en el asunto y ha anunciado una investigación con dos direcciones. La primera debe profundizar en las malas prácticas de la prensa y la policía que colaboró en las escuchas. La segunda tiene que revisar la regulación en el sector de la prensa británica. Se trata de saber además, si fueron los redactores del diario los que pincharon los teléfonos por iniciativa propia o si el rotativo conocía y promovía esas prácticas. De ser así, sus directivos podrían ser procesados.

El NoW pidió disculpas en su web y en la edición impresa en abril de 2011 por las escuchas realizadas por sus redactores. Según publicó The Guardian, al menos dos de los personajes espiados fueron pagados por NoW -entre 700.000 y un millón de libras- para retirar las denuncias que habían interpuesto al saberse escuchados.

Rupert Murdoch, el magnate de la prensa propietario de News Corporation, que incluye al NoW, condenó las escuchas y encargó en primera instancia la investigación a Rebekah Brooks. La antigua directora de los tabloides News of the World y The Sun, en la diana de las sospechas en torno al escándalo, fue apartada de esta misión y ha presentado su dimisión como jefa de News International, la filial de News Corporation en Reino Unido. Tras ser detenida por su relación con el escándalo de las escuchas telefónicas, de las que ha negado tener ningún conocimiento, la mano derecha del magnate de Rupert, ha sido puesta en libertad bajo fianza.

miércoles 22 de abril de 2009

martes 24 de marzo de 2009

CLEVER PARTICIPA EN LA DETENCIÓN DE DOS TRABAJADORES POR ESTAFAR A SU EMPRESA

Detenidos dos trabajadores por estafar a su empresa desviando género
Los detenidos aprovecharon los contratos que habían hecho por su condición de director de ventas y de comercial para restar clientes a la empresa de Montcada

22/03/2009 | Actualizada a las 12:14h | Sucesos
Barcelona. (EFE).- Los Mossos d'Esquadra han detenido en Calafell (Tarragona) a los directores de ventas y de comercial de una empresa de Montcada i Reixac (Barcelona), ambos de 29 años y de nacionalidad española, por estafar a su propia compañía desviando género para revenderlo fraudulentamente.
PALABRAS CLAVE
Montcada, Barcelona, Calafell, Tarragona, Mossos, El Vendrell, Reixac
En la operación también han sido arrestadas las compañeras sentimentales de los trabajadores, acusadas de un delito de receptación, según ha informado hoy la policía catalana.

La investigación se inició a raíz de la denuncia del gerente de la empresa, dedicada a la venta de bisutería y artículos de regalo de importación, que sospechaba que trabajadores de la misma compañía podían estar detrás de la pérdida de género y de clientes habituales que sufría inexplicablemente desde hacía meses.

Según los Mossos d'Esquadra, los detenidos, Alejandro C.B. y José María B.O., vecinos de Ripollet (Barcelona), aprovecharon los contratos que habían hecho por su condición de director de ventas y de comercial para restar clientes a la empresa de Montcada ofreciéndoles el material a un precio más bajo.

Habían llegado a crear diversas empresas fantasma fraudulentas a nombre de sus parejas, que se dedicaban a vender, a precio más bajo, artículos que clientes de la empresa habían devuelto.

En otras ocasiones, desviaban género utilizando datos de clientes de forma ilegal, motivo por el que también se imputa a Alejandro C.B. un delito de usurpación del estado civil.

Alejandro C.B. y José María B.O. tenían su centro de operaciones en Calafell, donde almacenaban todo el material desviado de forma ilegal.

En la entrada y registro del local, se pudieron recuperar numerosos artículos que el gerente de la empresa reconoció como suyos, así como cajas con el nombre de la compañía.

Los detenidos pasaron el día 19 a disposición del juzgado de instrucción en funciones de guardia de El Vendrell (Tarragona).

viernes 30 de enero de 2009

¡Cámaras o Privacidad!

La privacidad en riesgo, la seguridad aún más. Una cámara para vigilar el interior de su casa o una oficina o los accesos a un edificio o el tránsito en una calle… esa sensación de control visual para prevenir riesgos puede conllevar un grave riesgo.




Según un reciente informe de la Asociación de Internautas de España (AIE), el 60% de las cámaras de vigilancia que funcionan en la actualidad, tomando Internet como herramienta para su gestión, están abiertas y carecen de una adecuada configuración para prevenir vulneraciones o agresiones externas, conducentes a su manipulación en la mayor parte de los casos.

Es un dato inquietante que implica que seis de cada diez cámaras en España no son sino una puerta abierta en tiempo real a lo que acontece en un hogar o en una empresa. El estudio de la AIE no es sólo una estimación teórica, sino que se ha elaborado llevando a la práctica una exhaustiva revisión de estos sistemas de seguridad.

Así, los responsables de AIE han visto pasar ante sus ojos el día a día en centros comerciales, multinacionales, cines, pymes, clínicas, gimnasios, almacenes, tiendas, restaurantes, bares, gasolineras, despachos, bufetes, locutorios, chalés… Todo ello de manera “furtiva” o “extraoficial”, es decir sin que los verdaderos responsables de las instalaciones fueran conscientes de ello. Esta acción les ha permitido denunciar una situación que afecta no sólo al ámbito privado, sino también a instituciones públicas.

Pero que el 60% de las cámaras sean vulnerables para cualquiera con mínimos conocimientos de programación, algo cada vez más usual, no implica que el 40% restante sean inexpugnables. Si englobamos también las instalaciones con un mínimo de barreras de seguridad, pero sorteables por cualquiera con un mínimo esfuerzo adicional, el porcentaje de cámaras “pirateables” sube vertiginosamente hasta el 80%, salvándose tan sólo dos de cada diez, las que cuentan con todos los filtros “antihacker” activos.

La situación es grave en tanto en cuanto una mente criminal puede saber perfectamente así cuándo asaltar un banco o un chalé, por poner un ejemplo, y trucar la emisión sobregrabando la cinta con escenas sacadas de otras fechas en las que no se aprecia movimiento sospechoso alguno.


En base a los cinco pilares de la seguridad en sistemas de video vigilancia y control electrónico: podemos tutelar el tránsito de claves de acceso prefijadas de serie a las individualizadas por el propietario, supervisar la configuración de las mismas optando siempre por la opción más óptima, asesorar de los plazos de revisión del sistema y controlar la navegación del administrador elegido y, por último, encriptar cualquier resquicio abierto en la red electrónica empresarial.

Todo ello garantiza la absoluta confidencialidad del sistema, así como su máxima efectividad como elemento para fortalecer la seguridad de un recinto y, en caso de allanamiento o acción ilegal cometida en las instalaciones, registro ineludible de los acontecimientos de cara a emprender la vía de la demanda policial o acometer las acciones judiciales pertinentes.

Récord de morosos en España

La crisis actual es fruto de los excesos anteriores y de la falta de control a la hora de conceder préstamos. Esta es una evidencia. La otra es que a causa de estos dos factores la tasa de morosidad en España es la más alta de los últimos diez años. Así lo revela un estudio de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef), que sitúa esta tasa entre las entidades de crédito y las grandes compañías en el 2,54%, el triple que el año pasado y la cifra más alta desde abril de 1998.




El citado informe de Asnef sitúa en 22.762 millones de euros el importe global de la deuda que hogares y empresas españolas tienen con bancos, cajas y grandes compañías. El grueso de esta cantidad, el 33%, corresponde con préstamos hipotecarios derivados de la burbuja inmobiliaria vivida por el país en los últimos años.

La firma consultora considera moroso a todo aquel, particulares o compañías, que evidencie impagos transcurridos tres meses desde el vencimiento de los plazos. Así, el saldo deudor medio por operación está fijado en 2.932 euros en el caso de personas y de 16.136 euros en las operaciones de empresas.

Esta situación aboca a muchas entidades financieras al riesgo de ver peligrar su liquidez ante la falta de ingresos derivada de la morosidad. Por eso es necesario un estricto control en la concesión de créditos tanto a particulares como a empresas.

Para ello se puede contar incluso con el servicio de especialistas que verifiquen la solvencia de los demandantes de créditos, tanto con fines hipotecarios como para financiar el consumo particular, modalidad relativamente novedosa de préstamos que ya alcanza en las estadísticas de morosida de Asnef el 8%.

Si bien las entidades financieras cuentan con filtros y requisitos de cara a la concesión de préstamos, éstos no requieren más que una última garantía de reembolso, sea monetaria o en bienes inmuebles. Los servicios de los detectives no sólo refuerzan estos requisitos sino que además son fiables de cara a acuerdos inter empresariales o entre particulares.

La acción de los detectives se encamina a la obtención de todas las pruebas posibles que evidencien la situación económica de la persona o compañía objeto de investigación. El resultado final se formaliza mediante un detallado informe que incluye una pormenorizada relación de las diferentes vías de ingresos del investigado, incluyendo desde la participación en empresas hasta la capacidad económica de éstas.

miércoles 28 de mayo de 2008

El T.S. define al Detective Privado como testigo privilegiado

Documentos y otros escritos y objetos relativos al fondo del asunto.

1. A toda demanda o contestación habrán de acompañarse:

Los documentos en que las partes funden su derecho a la tutela judicial que pretenden.

Los medios e instrumentos a que se refiere el apartado 2 del artículo 299, si en ellos se fundaran las pretensiones de tutela formuladas por las partes.

Las certificaciones y notas sobre cualesquiera asientos registrales o sobre el contenido de libros registro, actuaciones o expedientes de cualquier clase.

Los dictámenes periciales en que las partes apoyen sus pretensiones, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 337 y 339 de esta Ley. En el caso de que alguna de las partes sea titular del derecho de asistencia jurídica gratuita no tendrá que aportar con la demanda o con la contestación el dictamen, sino simplemente anunciarlo de acuerdo con lo que prevé el apartado 1 del artículo 339.

Los informes, elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que aquéllas apoyen sus pretensiones. Sobre estos hechos, si no fueren reconocidos como ciertos, se practicará prueba testifical.

2. Sólo cuando las partes, al presentar su demanda o contestación, no puedan disponer de los documentos, medios e instrumentos a que se refieren los tres primeros números del apartado anterior, podrán designar el archivo, protocolo o lugar en que se encuentren, o el registro, libro registro, actuaciones o expediente del que se pretenda obtener una certificación.

Si lo que pretenda aportarse al proceso se encontrara en archivo, protocolo, expediente o registro del que se puedan pedir y obtener copias fehacientes, se entenderá que el actor dispone de ello y deberá acompañarlo a la demanda, sin que pueda limitarse a efectuar la designación a que se refiere el párrafo anterior.

3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, el actor podrá presentar en la audiencia previa al juicio los documentos, medios, instrumentos, dictámenes e informes, relativos al fondo del asunto, cuyo interés o relevancia sólo se ponga de manifiesto a consecuencia de alegaciones efectuadas por el demandado en la contestación a la demanda.

4. En los juicios verbales, el demandado aportará los documentos, medios, instrumentos, dictámenes e informes a que se refiere el apartado 1 en el acto de la vista.